🏛️ CNR El Salvador

Calculadora de Aranceles CNR

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas  ·  Art. 48 Ley de Tarifas

Tasa: $0.63 por centena
Mínimo: $8.86
Máximo: $5,400.00
$
Ingrese solo números. Ejemplo: para $15,750.00 escriba 15750
⚖️ Fórmula: ⌈Valor ÷ 100⌉ × Tasa
📋 Base legal: Art. 48 Ley Tarifas RPRyH
Actualizado: 2026
🏛️ Fuente: CNR El Salvador

Si necesitas registrar una propiedad en El Salvador, uno de los primeros costos que debes conocer es el arancel del CNR (Centro Nacional de Registros). Esta herramienta de cálculo de aranceles CNR te permite conocer en segundos cuánto deberás pagar según el valor de tu transacción, el tipo de acto registral y el registro al que pertenece. Así puedes planificar tus gastos antes de ir a la notaría o al registro.

¿Qué es el CNR en El Salvador?

El Centro Nacional de Registros (CNR) es la institución pública de El Salvador encargada de administrar, organizar y certificar los registros más importantes del país. Fue creado con el propósito de centralizar los servicios registrales y garantizar seguridad jurídica a todos los ciudadanos en sus transacciones.

Entre los registros que administra el CNR se encuentran:

  • Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas (RPRH)
  • Registro Social de Inmuebles (RSI)
  • Registro de Comercio
  • Registro de la Propiedad Intelectual
  • Catastro Nacional

La sede principal del CNR está ubicada en la 1ª Calle Poniente y 43 Av. Norte, San Salvador, y cuenta con una plataforma en línea en e.cnr.gob.sv donde los ciudadanos pueden realizar consultas de trámites y calcular aranceles de forma oficial.

¿Qué son los aranceles del CNR?

Los aranceles del CNR son las tarifas que cobra el Centro Nacional de Registros por inscribir, certificar, cancelar o anotar actos y contratos en sus diferentes registros. En el caso del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, estas tarifas están reguladas por la Ley Relativa a las Tarifas y Otras Disposiciones Administrativas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, específicamente en el Artículo 48.

Cada vez que realizas una compraventa, una hipoteca, una donación o cualquier otro acto que involucre bienes inmuebles, debes pagar un arancel registral proporcional al valor de la transacción. Este pago es un requisito legal para que el acto quede debidamente inscrito y tenga validez ante terceros.

Cómo calcular los aranceles del CNR paso a paso

El cálculo de aranceles CNR sigue un proceso claro definido por ley. Aquí te explicamos cada paso de forma sencilla:

  1. Identifica el valor de la transacción: Este es el precio de venta, el valor de la hipoteca o el monto del contrato que vas a registrar.
  2. Determina el tipo de acto: Compraventa, hipoteca, usufructo, etc. Cada tipo tiene una tasa diferente.
  3. Aplica el redondeo hacia arriba (centena completa): La ley establece que el cobro es por cada centena o fracción de centena, lo que significa que debes redondear hacia arriba al siguiente número completo de centenas.
  4. Multiplica por la tasa correspondiente: Aplica la tasa de $0.63 o $0.38 según el tipo de acto.
  5. Verifica los límites: El arancel nunca puede ser menor al mínimo ni mayor al máximo establecidos por ley.

Fórmula oficial para calcular los aranceles del CNR

La fórmula para calcular el arancel registral según el Artículo 48 de la Ley de Tarifas es la siguiente:

📐 Fórmula oficial (Art. 48 Ley de Tarifas RPRyH): Arancel = ⌈Valor de la transacción ÷ 100⌉ × Tasa Donde ⌈ ⌉ representa el redondeo hacia arriba (función techo) a la centena más próxima.
Tipo de Acto o Contrato Tasa por Centena Mínimo Máximo
Compraventa / Donación / Transferencia$0.63$8.86$5,400.00
Usufructo / Arrendamiento / Fideicomiso$0.63$8.86$5,400.00
Hipoteca / Servidumbre / Prenda mercantil$0.38$8.86$5,400.00
Hipoteca abierta$0.63$8.86$5,400.00
Anotación de embargo$0.38$8.86$5,400.00
Registro Social de Inmuebles (RSI)$0.63$5.71$5,400.00
⚠️ Importante: La ley exige redondear hacia arriba a la siguiente centena completa (fracción de centena). Si el valor es $15,750, se toman 158 centenas (no 157.5), lo que resulta en un arancel de $99.54 y no $99.23.

Ejemplo de cálculo de arancel del Registro de Propiedad

Para que quede claro cómo funciona el cálculo de aranceles CNR El Salvador, aquí mostramos tres ejemplos prácticos con valores reales:

📌 Ejemplo 1 — Compraventa de $15,750.00 Paso 1: $15,750 ÷ 100 = 157.5 → se redondea a 158 centenas
Paso 2: 158 × $0.63 = $99.54
Resultado: Arancel a pagar = $99.54 (dentro de los límites permitidos)
📌 Ejemplo 2 — Compraventa de $500.00 (mínimo aplicado) Paso 1: $500 ÷ 100 = 5 centenas
Paso 2: 5 × $0.63 = $3.15 → menor al mínimo
Resultado: Se aplica el mínimo legal = $8.86
📌 Ejemplo 3 — Compraventa de $900,000.00 (máximo aplicado) Paso 1: $900,000 ÷ 100 = 9,000 centenas
Paso 2: 9,000 × $0.63 = $5,670.00 → supera el máximo
Resultado: Se aplica el máximo legal = $5,400.00

Factores que afectan el arancel registral

No todos los trámites en el CNR cuestan lo mismo. El monto del arancel registral varía según varios factores clave:

  • Valor de la transacción: A mayor valor, mayor arancel (hasta el límite de $5,400).
  • Tipo de acto o contrato: Las compraventas y las hipotecas abiertas pagan $0.63 por centena; las hipotecas simples y servidumbres pagan $0.38.
  • Registro al que pertenece: El Registro Social de Inmuebles (RSI) tiene un mínimo de $5.71 en lugar de $8.86.
  • Número de páginas del documento: Algunas certificaciones cobran $0.35 adicional por cada hoja del documento.
  • Tipo de servicio adicional: Las certificaciones literales, las razones por certificación y otros servicios tienen tarifas fijas independientes del valor del inmueble.

¿Cuánto cobra el CNR por registrar una propiedad en El Salvador?

Para una propiedad de valor promedio en El Salvador, el arancel de registro puede oscilar entre los siguientes rangos:

  • Propiedad de $20,000: arancel aproximado de $126.00
  • Propiedad de $50,000: arancel aproximado de $315.00
  • Propiedad de $100,000: arancel aproximado de $630.00
  • Propiedad de $500,000: arancel aproximado de $3,150.00
  • Propiedad de $856,000 o más: arancel máximo de $5,400.00

Recuerda que estos montos son solo el arancel registral. El costo total del registro incluye también los honorarios del notario, el papel sellado y otros gastos legales que varían según el caso.

Por qué usar nuestra calculadora de aranceles del CNR

Nuestra calculadora de aranceles CNR está diseñada para que cualquier persona, sin necesidad de conocimientos legales, pueda obtener un estimado confiable del costo registral en cuestión de segundos. Estas son sus principales ventajas:

  • Cálculo correcto con redondeo legal: Usa la función techo (ceiling) que exige la ley, a diferencia de calculadoras que hacen división simple y dan resultados incorrectos.
  • Múltiples tipos de actos: Calcula aranceles para compraventas, hipotecas, usufructos, embargos y más.
  • Límites automáticos: Aplica automáticamente el mínimo ($8.86 / $5.71) y el máximo ($5,400) según la ley.
  • Imprimir o descargar en PDF: Puedes guardar el resultado para tus registros personales o compartirlo con tu notario.
  • 100% gratuita y sin registro: No requiere crear cuenta ni proporcionar datos personales.

❓ Preguntas Frecuentes sobre el Cálculo de Aranceles CNR

El arancel CNR se calcula dividiendo el valor de la transacción entre 100 y redondeando hacia arriba (función techo) al siguiente número entero de centenas. Ese resultado se multiplica por la tasa correspondiente: $0.63 por centena para compraventas y $0.38 para hipotecas simples. El resultado final debe estar entre el mínimo ($8.86) y el máximo ($5,400.00) según el Art. 50-A de la Ley de Tarifas.

El costo del arancel de registro de propiedad en El Salvador depende del valor del inmueble. Para una propiedad de $50,000 el arancel es aproximadamente $315.00; para $100,000 es de $630.00. A esto debes sumar honorarios notariales, papel sellado y otros gastos legales. El mínimo que cobra el CNR es $8.86 y el máximo es $5,400.00 sin importar el valor del bien.

Según el Art. 50-A de la Ley de Tarifas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, el arancel mínimo del CNR es de $8.86 para el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas (RPRH). Para el Registro Social de Inmuebles (RSI), el mínimo es de $5.71. Este mínimo se aplica cuando el cálculo base resulta menor a estos montos, independientemente del valor de la transacción.

Los aranceles del CNR se pueden pagar de las siguientes maneras:

  • En las cajas de cobro del CNR en sus oficinas en San Salvador y departamentos.
  • A través de la plataforma en línea e.cnr.gob.sv para trámites virtuales.
  • Mediante el notario o abogado que tramita el registro (normalmente ellos gestionan el pago).

El pago suele realizarse al momento de presentar el instrumento para inscripción. Consulta directamente en cnr.gob.sv los métodos de pago actualizados.

Para inscribir una compraventa de propiedad en el CNR El Salvador, generalmente se requiere:

  • Escritura pública de compraventa autorizada por notario
  • Documentos de identidad de comprador y vendedor (DUI)
  • NIT de las partes involucradas
  • Recibo de pago del arancel registral
  • Plano catastral actualizado del inmueble (en algunos casos)
  • Solvencia de impuestos municipales del inmueble

Los requisitos exactos pueden variar según el tipo de acto. Recomendamos consultar directamente en las oficinas del CNR o en su sitio web oficial para la lista actualizada.